jueves, 3 de septiembre de 2009

EX-ALUMNO DEL SEIJAS GANA INGENIUC



La muestra presentó 332 proyectos elaborados por 800 alumnos de las cátedras de Creatividad e Inventiva del tercer semestre de Estudios Básicos, e Introducción al Diseño del sexto semestre de la escuela de Ingeniería Industrial.
En el XXII del Salón IngeniUC 2009 en Naguanagua
Estudiantes de Ingenieríacon ingenio y creatividad
María Luisa Lira / Fotos: Rafael Delgado
El vicerrector Ulises Rojas y el Prof. Ezequiel Gómez con los bachilleres Ángel Daboín y Osmari Pérez, ganadores del 2do.lugar.
A través de 332 proyectos estudiantes de la Facultad de Ingeniería que participaron en el XXII Salón IngeniUC, cuya realización tuvo lugar en la Villa Olímpica de Valencia, demostraron el ingenio y la creatividad, abriendo una vitrina universitaria; al medio empresarial, estudiantil y al pueblo en general.
Este evento de la Universidad de Carabobo, arriba a su vigésimo segundo formato, en el cual recoge 22 años de esfuerzo mancomunado y de aprendizaje.
IngeniUC se realiza desde 1999, organizado por la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Carabobo (UC) cada final de semestre, y durante su desarrollo los estudiantes tienen la oportunidad de exponer novedosos proyectos que podrían resolver problemas cotidianos e industriales.
Esta vigésima segunda edición contó con la participación de 800 alumnos que cursan las cátedras de Creatividad e Inventiva del tercer semestre de Estudios Básicos, e Introducción al Diseño del sexto semestre de la escuela de Ingeniería Industrial.
Acerca de la exposición, la docente Ruth Illada, miembro del comité organizador, comentó que la idea del evento es que los integrantes de la sociedad carabobeña conozcan lo que los estudiantes realizan dentro de las aulas de la máxima casa de estudios.
Hacia la revolución científica
La instalación del XXII Salón IngeniUC estuvo a cargo del vicerrector académico, Ulises Rojas, en representación de la rectora Jessy Divo de Romero, quien no pudo asistir debido a compromisos inherentes al cargo que representa.
Fue acompañado en el presidium por Ezequiel Gómez, representante del decano de Ingeniería José Luis Nazar; de los directores Carlos Jiménez, de Ingeniería Eléctrica; Ramona Febres, de la Cátedra de Valores; Alba Pérez Matos, de Cultura; así como también Zulay Salcedo, Denisse Castillo, Emilsy Medina, Dulce María González, Florángel Ortiz y Ligia Aguilar de Koslow, miembros del Comité Organizador.
Rojas hizo especial reconocimiento a los alumnos participantes y al comité organizador, quienes desde hace 22 años vienen reuniéndose y revisando las necesidades para la organización del evento, previo conocimiento de los proyectos que han sido desarrollados durante el semestre.
-IngeniUC apunta hacia la revolución científica y tecnológica de nuestro país, que nos dará mejor vida. Considero que es ésta la verdadera revolución y no las revoluciones decretadas para mantener una cúpula en el poder. Con esta XXII edición de IngeniUC, la Universidad de Carabobo a través de la Facultad de Ingeniería apunta hacia una verdadera revolución tecnológica, a una verdadera revolución del hombre que supera sus problemas del día a día para brindar mejor calidad de vida, tanto a él como a sus congeneres.
Precisó que esta muestra de estas investigaciones, “representa a la educación el siglo XXI, una educación que se sale de las aulas de clases. Una educación que les presenta problemas a los estudiantes para que ellos den soluciones tecnológicas a esos problemas reales de la sociedad”.En su intervención la profesora Ruth Illada agradeció las palabras publicadas en el folleto de está edición, por la exrectora María Luisa de Maldonado y de Ezequiel Gómez, quienes en su opinión recogen el esfuerzo de tantos años de todos los docentes que de una u otra manera han participado en la organización de este evento.
“Lo importante es cómo los estudiantes logran poner su creatividad e ingenio al servicio de la comunidad, a la parte industrial para solucionar sus problemas, a la sociedad con ideas innovadoras y creativas que es la idea principal de este salón.
-Con este evento podemos demostrar lo que se hace desde la Facultad de Ingeniería durante el semestre y como el esfuerzo de su educación y formación va a redundar en la sociedad, concluyó.
En la cátedra de Creatividad e Inventiva, Felipe Solórzano, Jesús Matute, Leonardo Basalto y María Ramírez, fueron los ganadores absolutos.
Los bachilleres Edwins Caro y Jahiker Rojas, ganadores en la cátedra Introducción al Diseño.
Ganadores del IngeniUC
Maigualida Del Valle Villegas
La Universidad de Carabobo premió al talento estudiantil durante la clausura de la XXII edición del Salón IngeniUC, llevada a cabo en las instalaciones de la Villa Olímpica.
Al igual que en ediciones anteriores, IngeniUC, actividad financiada por la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología, e Innovación (Locti), tendría un ganador absoluto, el cual deberá obtener el mayor puntaje en cada uno de los criterios evaluados como lo son factibilidad, utilidad y originalidad.
En cada una de las categorías se otorgan premios el primer, segundo y tercer lugar, además de la premiación por votación de los visitantes.
Los ganadores son seleccionados por el jurado calificador que integran docentes de la Facultad de Ingeniería, quienes tienen una invitación abierta para exponer su opinión, así mismo personalidades de los sectores: industrial y gubernamental, y del público en general, todos tienen oportunidad de votar en el renglón de votación popular.
Como ganador absoluto en la cátedra de Introducción al Diseño se encuentra el proyecto "Board Assembly", un dispositivo para el ensamble de paletas de madera realizado por los bachilleres Edwins Caro y Jahiker Rojas.
Por su parte los alumnos Laura Toro y Ricardo Abreu se hicieron los acreedores del primer lugar, con el proyecto de "Sistema Ecológico de Recubrimiento de Piezas". Igualmente fueron galardonados los jóvenes Arleen Martínez, Rosario Giovanni, por "AGK Supremo", y Alan Rodríguez y Williams Cedeño, por "Compact Cheese".
El segundo lugar se lo adjudicaron los estudiantes Angel Daboin y Osmari Pérez con el proyecto "Corta Flex"; Graziella Caschetto y María Vailati, con "Toldisar" y Gregory Castillo y Luz Ruba con "Pump Unit".
El tercer lugar fue para los bachilleres Jeisa Oliveros y Marielba García con el trabajo "Master Enroller"; Aurimar Limonta y Miguelangel Baez con "Rvcam" y Fátima Herrera y Grisel Naranjo con "Imtrocord".
En el reglón de votación popular el ganador fue "Viruta Express", dispositivo para recolectar virutas y organizar listones de madera, cuyos autores fueron Daniela Fuentes y Marian Cardozo.
Creatividad e inventiva
Asimismo por la cátedra de Creatividad e Inventiva, los estudiantes Felipe Solórzano, Jesús Matute, Leonardo Basalto y María Ramírez, fueron los ganadores absolutos con el proyecto "SPA" mecanismo que recicla y purifica el agua haciéndola apta para el consumo humano.No obstante, el galardón de votación popular fue para el trabajo "SEA", sistema de encendido automático elaborado por los alumnos Alejandra Ugarte, Carlos Frazao, Rocxibeth González y Walter De Oliveira.
Con el premio especial de Innovatividad Social resultaron ganadores Gabriela Falcón, Juan Viña, Luis Pérez y Rafael Chávez, por el proyecto Master Control, un rediseño para el sistema de alumbrado público que existe actualmente.

miércoles, 2 de septiembre de 2009

NACE LA GRAN COLOMBIA



El 17 de diciembre de 1819 el Congreso de Angostura decreta la creación de la Gran Colombia, la obra magna del Libertador. Mediante este decreto, o Ley Fundamental de Colombia, «las Repúblicas de Venezuela y la Nueva Granada quedan desde este día reunidas en una sola bajo el título glorioso de República de Colombia».
Esta nueva República se dividirá en tres Departamentos, cuyas capitales serán Caracas, Quito y Bogotá. La Ley fue ratificada en 1821 por el Congreso de Cúcuta. Este día nace Colombia y once años tarde muere su creador.
LA REPUBLICA DE COLOMBIA Antecedentes
Los intentos de unificación de Venezuela y Nueva Granada se manifestaron desde los comienzos del movimiento de independencia. La iniciativa en este sentido correspondió a la Junta Suprema de Caracas, que en 1810 destacó ante el gobierno neogranadino a José Cortés de Madariaga con el objeto de concertar un tratado de amistad, alianza y federación con el país vecino. Este tratado, suscrito el 28 de mayo de 1811, contiene, entre sus cláusulas, las siguientes:
"Habrá amistad, alianza y unión federativo entre los dos Estados..."
"...garantizándose mutuamente la integridad de los territorios de sus respectivos Departamentos".
"...auxiliándose mutuamente en las cosas de paz y de guerra, como miembros de un mismo cuerpo político y en cuanto pertenezca al interés común de los Estados Federados......".
"El objeto principal de este tratado es asegurarse mutuamente los dos Estados contratantes la libertad e independencia que acaban de conquistar".
"...y que en caso de verse atacados por cualquier potencia extraña, sea la que fuere, con el objeto de primarios de esta libertad e independencia... harán causa común y sostendrán la guerra a toda costa, sin deponer las armas hasta que estén asegurados de que no se les despojará de aquellos preciosos bienes".
La idea de formar con ambos países una sola nación tuvo su más calificado sostenedor en El Libertador Simón Bolívar, quien la consideraba como la mejor garantía del triunfo independiente. En la Carta de Jamaica, predijo la unificación de los dos países, el nombre de Colombia que adoptaría y la forma de gobierno. Después de 1815, el desarrollo de la guerra forjó nuevos lazos entre los patriotas venezolanos y neogranadinos. Esos vínculos se fortalecieron a partir de 1817 con la ocupación de Guayana y las comunicaciones seguras entre ellos por los llanos de Apure y Casanare.
CREACION DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
El empeño de crear esta nueva nación se vio coronado el 17 de diciembre de 1819, fecha en la cual el Congreso de Angostura, a solicitud del Libertador victorioso en Boyacá dictó la LEY FUNDAMENTAL DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, que consagró jurídicamente la formación de una sola república con el territorio de la antigua Capitanía General de Venezuela y el Virreinato del Nuevo Reino de Granada.
IMPORTANCIA DE LA CREACION DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
La creación de la República de Colombia significó un acontecimiento crucial en el desarrollo de la Guerra de Independencia. Con este hecho, quedaron planteados nuevos objetivos estratégicos y políticos y adquirió mayor fuerza la causa independiente.
Con la unión de Venezuela y Nueva Granada se modificó el teatro de la guerra y se ampliaron los objetivos militares y políticos de la contienda.
Hasta ese momento los patriotas venezolanos y neogranadinos venían luchando por la independencia de sus respectivos países. Ahora, unidos en un solo esfuerzo, iban a luchar por la independencia de un territorio mucho más amplio. Una parte de esa territorio había sido ya liberado del poder español: Guayana, el Oriente de Venezuela y el Norte del Virreinato. Ahora había que continuar la guerra para establecer la República independiente en los territorios de Venezuela y del sur del Virreinato, que aún seguían en poder de los realistas , y redondear en esa forma las fronteras de la nueva nación. Estas circunstancias son las que van a motivar las campañas militares de 1821 y 1822, con las cuales se completa el proceso de liberación de Colombia.
Al crearse la República de Colombia, en la propia Ley Fundamental se convocó el Congreso que debía promulgar la Constitución del nuevo Estado. La Constitución de Angostura no podía aplicarse a Colombia, pues había sido elaborada para Venezuela por los representantes de las provincias venezolanas. La nueva nación comprendía Otros territorios, cuyos habitantes debían estar representados en la elaboración de la Carta Fundamental. Este Congreso Constituyente se instaló en Cúcuta el 6 de mayo de 1821.
El Congreso de Cúcuta ratificó la Ley Fundamental de la República de Colombia. En este sentido, dictó el 12 de julio de 1821, la LEY FUNDAMENTAL DE LA UNIÓN DE LOS PUEBLOS DE COLOMBIA, en cuyos primeros artículos declara:
"Los pueblos de la Nueva Granada y Venezuela quedan reunidos en un solo cuerpo de nación, bajo el Pacto expreso de que su gobierno será ahora y siempre popular representativo".
"Esta nueva nación será conocida y denominada con el título de República de Colombia".
El Congreso de Cúcuta, promulgó el 30 de agosto del mismo año, la Constitución de la República de Colombia. Los aspectos más importantes de esta Constitución son los siguientes:
El territorio de la República quedó dividido en Departamentos, Provincias, Cantones y Parroquias, gobernados por Intendentes, Gobernadores y Alcaldes, respectivamente.
Adoptó el centralismo como régimen político.
Dividió el Poder público en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. El Legislativo, representado en el Congreso, formado por las Cámaras de Representantes Y el Senado. Los Representantes duraban cuatro años en sus funciones y eran elegidos a razón de uno por cada 30 000 habitantes. Los Senadores eran elegidos por los Departamentos y duraban ocho años en sus funciones. Para ser miembro del Congreso, se necesitaba poseer rentas de más de 4 000 pesos al año. La Cámara de Representantes podía acusar al Presidente de la República y a los altos funcionarios del gobierno ante el Senado y el Senado podía juzgar y sentenciar en tales casos.
El Poder Ejecutivo lo ejercía el Presidente de la República y el Vicepresidente, nombrados por las asambleas provinciales.
Su mandato era de cuatro años. Se creó también un Consejo de Gobierno como cuerpo consultivo del Ejecutivo y el gabinete.
El Poder Judicial estaba presidido por la Alta Corte de Justicia, por Cortes Superiores y Tribunales Subalternos. Los jueces duraban indefinidamente en sus funciones.
El Congreso de Cúcuta dictó también varias Leyes importantes para la organización y orientación de la nueva República. Entre otras:
La Ley de Manumisión por la cual se concedía la libertad de los esclavos, a partir de los diez y ocho años de edad.
La Ley que suprimió la Inquisición en Colombia, y cerró los conventos religiosos, cuyos locales fueron dispuestos para escuelas y colegios públicos.
La Ley sobre libertad de imprenta.
El Congreso abolió el tributo de los indios, suprimió y modificó impuestos. Completó la división político-territorial de Colombia en los siguientes departamentos: Orinoco, Venezuela, Zulia, Boyacá, Cundinamarca, Cauca y Magdalena. Esta división se amplió posteriormente con la liberación de los territorios del Sur. Hacia 1827, la Carta de la República de Colombia era la siguiente:
LEY FUNDAMENTAL DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
"El soberano Congreso de Venezuela, a cuya autoridad han querido voluntariamente sujetarse los pueblos de la Nueva Granada recientemente libertados por las armas de la República.
Considerando:
1º Que unidas en una sola República las Provincias de Venezuela y de la Nueva Granada tienen todas las proporciones y medios de elevarse al más alto grado de poder y prosperidad.
2º Que constituidas en Repúblicas separadas, por más estrechos que sean los lazos que las unan, bien lejos de aprovechar tantas ventajas, llegarían difícilmente a consolidar y hacer respetar su Soberanía.
3º Que estas verdades altamente penetradas por todos los hombres de talentos superiores y de un ilustrado patriotismo, había movido los gobiernos de las dos Repúblicas a convenir en su reunión, que las vicisitudes de la guerra impidieron verificar.
Por estas consideraciones de necesidad y de interés recíproco, y con arreglo al informe de una Comisión Especial de Diputados de la Nueva Granada y de Venezuela, en el nombre y bajo los auspicios del Ser Supremo;
Ha decretado y decreta la siguiente Ley Fundamental de la República de Colombia:
ARTICULO 1º. Las Repúblicas de Venezuela y la Nueva Granada quedan desde este día reunidas en una sola, bajo el título glorioso de la República de Colombia.
ARTICULO 2º. Su territorio será el que comprendían la antigua Capitanía General de Venezuela y el Virreinato del Nuevo Reino de Granada, abrazando una extensión de 115 mil leguas cuadradas, cuyos términos precisos se fijarán en mejores circunstancias.
ARTICULO 3º. Las deudas que las dos Repúblicas han contraído separadamente son reconocidas in solidum por esta ley como deuda nacional de Colombia, a cuyo pago quedan vinculados todos los Bienes y Propiedades del Estado, y se destinarán los ramos más productivos de las Rentas Públicas.
ARTICULO 4º. El Poder Ejecutivo de la República será ejercido por un Presidente y en su defecto por un Vice-Presidente nombrados ambos interinamente por el actual Congreso.
ARTICULO 5º. La República de Colombia se dividirá en tres grandes Departamentos, Venezuela, Quito y Cundinamarca, que comprenderá las Provincias de la Nueva Granada, cuyo nombre queda desde hoy suprimido. Las capitales de estos Departamentos serán las ciudades de Caracas, Quito y Bogotá, quitada la adición de Santa Fe.
ARTICULO 6º. Cada Departamento tendrá una administración superior y un Jefe, nombrado por ahora por este Congreso con título de Vice-Presidente.
ARTICULO 7º. Una nueva ciudad que llevará el nombre del libertador Bolívar, será la capital de la República de Colombia. Su plan y situación se determinarán por el Primer Congreso General bajo el principio de proporcionarla a las necesidades de los tres Departamentos, y a la grandeza que este opulento país está destinado por la Naturaleza.
ARTICULO 8º. El Congreso General de Colombia se reunirá el primero de enero de 1821, en la Villa del Rosario de Cúcuta, que por todas las circunstancias se considera el lugar más bien proporcionado. Su convocación se hará por el Presidente de la República el 1º de enero de 1820, con comunicación del Reglamento para las elecciones que será formado por una Comisión Especial y aprobado por el Congreso actual.
ARTICULO 9º. La Constitución de la República de Colombia será formada por su Congreso General, a quien se presentará en clase de Proyecto la que ha decretado el actual, y que con las leyes dadas por él mismo, se pondrá desde luego, por vía de ensayo, en ejecución.
ARTICULO 10º. Las Armas y el Pabellón de Colombia se decretarán por el Congreso General sirviéndose entretanto de la Armas y Pabellón de Venezuela por ser más conocido.
ARTICULO 11º. El actual Congreso se pondrá en receso el 15 de Enero de 1820, debiendo procederse a nuevas elecciones para el Congreso General de Colombia.
ARTICULO 12º. Una comisión de seis miembros y un Presidente quedará en lugar del Congreso con atribuciones especiales que se determinarán por un Decreto.
ARTICULO 13º. La República de Colombia será solemnemente proclamada en los pueblos y en los ejércitos, con fiestas y regocijos públicos, verificándose en esta Capital el 25 del corriente diciembre, en celebración del nacimiento del Salvador del Mundo, bajo cuyo patrocinio se ha logrado esta deseada reunión, por la cual se regenera el Estado.
ARTICULO 14º. El aniversario de esta regeneración Política se celebrará perpetuamente con una Fiesta Nacional, en que se premiarán como en las de Olimpia las virtudes y las luces.
La presente Ley Fundamental de la República de Colombia será promulgada solemnemente en los Pueblos y en los Ejércitos, inscrita en todos los Registros Públicos, y depositada en todos los Archivos de los Cabildos Municipales y Corporaciones así Eclesiásticas como seculares.
Dada en el Palacio del Soberano Congreso de Venezuela en la Ciudad de Santo Tomás de Angostura, a diez días del mes de Diciembre, del Año del Señor Mil Ochocientos Diez y Nueve. Noveno de la Independencia.
El Presidente del Congreso, Francisco Antonio Zea; Juan Germán Roscio; Manuel Sedeño; Juan Martínez; José España; Luis Tomás Peraza; Antonio M. Briceño; Eusebio Afanador; Francisco Conde; Diego Bautista Urbaneja; Juan Vicente Cardozo; Ignacio Muñoz; Ramón García Cádiz. El Diputado Secretario, Diego de Vallenilla.
Palacio del Soberano Congreso de Venezuela en Angostura, el 17 de diciembre de 1819.-9º
El Soberano Congreso decreta que la presente Ley Fundamental de la República de Colombia sea comunicada al Supremo Poder Ejecutivo por medio de una Diputación para su publicidad y cumplimiento.
El Presidente del Congreso, Francisco Antonio Zea. El diputado Secretario, Diego de Vallenilla.Palacio de Gobierno de Angostura, a 17 de diciembre de 1819.-9ºImprímase, publíquese, ejecútese y autorícese con el sello del Estado.Simón BolívarPor su Excelencia el Presidente de la República.El Ministro del Interior y Justicia.
Diego B. Urbaneja.

martes, 1 de septiembre de 2009

Nueva Ley De Educación De Venezuela Las Dos Caras De la Moneda

Ante la necesidad de conciliación del sistema educativo a las nuevas realidades que se viven en Venezuela, al espíritu de la democracia participativa y protagónica que anima a la Constitución que nos rige desde 1.999, el gobierno revolucionario presenta al país una “nueva ley de educación” que ha suscitado dos focos de discusión. Uno el de las fuerzas propulsoras del cambio que de manera seria y responsable expone sus ideas y propuestas y el otro, el de la oposición furibunda e irracional que cuestiona todo cuanto hace o deje de hacer el gobierno nacional de una manera infantil, ridícula inmadura y manipuladora
Desde la óptica de la revolución bolivariana el Proyecto de Ley de Educación que se discute en la asamblea Nacional:
Tiene como eje transversal la creación del “ser solidario”
Promueve la adecuación de la enseñanza a los parámetros de desarrollo de cara a las nuevas realidades
Garantiza la gratuidad de la enseñanza en todas las etapas
Establece la educación ambiental en todos los niveles, a la Historia y Geografía de Venezuela, la Educación Física y el deporte se les otorga carácter obligatorio en los contenidos de formación,
La educación a los privados de libertad y a los discapacitados toma rango de servicio público.
El proyecto de ley no sólo promueve, sino que garantiza la participación de los ciudadanos y las ciudadanas en el proceso educativo, además obliga a los medios de comunicación social del país, incluir contenidos pedagógicos en su programación, prohíbe la propaganda que incite al odio y la propaganda política y partidista en las escuelas, excepto en las universidades.
Mientras tanto los voceros de la “oposición disociada”, adicta a la violencia y a la conducta falaz, que tiene como dirigentes embaucadores de oficio, tahúres y delincuentes de cuello blanco se solazan “inventando” una versión maleada de la ley con la que pretenden confundir a los incautos (cada vez son menos) como lo hicieron en la brutal campaña contra la propuesta de Reforma.
Desde las cloacas mediáticas los bandoleros y lacayos lanzan esta versión de la ley:
“El teniente coronel (todo indica que la redacción sale de la garra de Miguel Ángel Rodríguez por ordenes de su amo Marcel Granier) impulsa una ley que les quita la Patria Potestad a los padres y se la da al Estado. Desde los 3 a los 20 años, los chicos deberán ir a Círculos Infantiles. Las familias los podrán ver sólo dos días al mes.Los siguientes tres artículos se encuentran en la Nueva Ley de Educación introducida en la Asamblea Nacional por el mandatario venezolano: Artículo III: "A partir de la vigencia de la presente Ley, la Patria Potestad de las personas menores de 20 años de edad será ejercida por el Estado a través de las personas u organizaciones en que este delegue facultad". Artículo IV: "Todo menor de edad permanecerá al cuidado de sus padres hasta tanto cumpla la edad de de 3 años, pasados los cuales deberá ser confiado para su educación física y mental así como para capacidad cívica, a la Organización de Círculos Infantiles organismo que por esta Ley queda facultado para disponer la guarda y cuidado de la persona y ejercicio de la Patria Potestad de estos menores".Artículo V: "La Organización de Círculos Infantiles dictará las predicciones necesarias para que todo menor de edad comprendido entre los 3 y 10 años permanezca en la Provincia donde residen los padres y procurando que sea tenido en el domicilio de los mismos no menos de dos días al mes, para que no pierda contacto con el núcleo familiar". Este último artículo agrega que "pasados los 10 años, todo menor podrá ser asignado para su instrucción cultural y capacitación cívica al lugar que más apropiado sea para ellos, tomando en cuenta los más altos intereses de la nación.Al Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación, corresponderá hacer todas las predicciones encaminadas al mejor desarrollo físico y deportivo de los menores de edad tutelados por la Organización de Círculos Infantiles". Fuente “Venezuela Ahora” web opositora-
La verdad es esta:
Nueva Ley de Educación:
Educación como derecho humano fundamental
Artículo 2. La Educación es un derecho humano fundamental, como tal es inalienable y toda persona debe recibirla como parte esencial de su existencia social. Es un deber fundamental de la sociedad, que se realiza en forma democrática y obligatoria desde el maternal hasta el nivel medio diversificado y profesional. Es un servicio público que el
Estado asume como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, como instrumento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad.
Artículo 3. Está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento con la finalidad de desarrollar plenamente la personalidad y el potencial creativo de cada ser humano en una sociedad democrática, basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria de los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal.
Artículo 4. El Estado con la participación de la familia y la sociedad en su conjunto, promoverá el proceso de educación de la ciudadanía, en forma global, integral, permanente, como función social, como sociedad pedagógica, de acuerdo a los principios establecidos en la Constitución y en la Ley. Desarrollará y estimulará la realización de programas y cursos especiales de formación todos los miembros de la familia y de la comunidad para la orientación y educación preescolar, especial y básica usando medios formales, no formales y extra escolares.
Artículo 5. La educación tiene como fines: Formar ciudadanos, en una sociedad democrática, participativa, protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado donde se consolidan los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la Ley para estas y las futuras generaciones.
Favorecer el desarrollo integral del individuo para que ejerza plenamente sus capacidades humanas.
Generar condiciones que garanticen la participación activa del estudiante, estimulando su iniciativa en los aprendizajes y su sentido de responsabilidad ciudadana.
Contribuir al desarrollo de las facultades para adquirir y construir conocimientos; y el desarrollo de sus capacidades de análisis y reflexiones críticas.
Fortalecer la conciencia de la nacionalidad y la soberanía, el aprecio por la historia, los símbolos patrios y los espacios geográficos, así como la valoración de las tradiciones y particularidades culturales de las diversas regiones del país.
Promover, mediante la enseñanza del castellano, como idioma común, sin menoscabo de proteger y promover el desarrollo de las lenguas indígenas.
Fomentar actitudes a la investigación y a las innovaciones científicas y tecnológicas.
Impulsar la creación artística y propiciar la adquisición, el enriquecimiento y la difusión de los bienes y valores de la cultura, en especial aquellos que constituyan el patrimonio cultural de la Nación. Estimular la educación física y la práctica del deporte.
Desarrollar conciencia sobre la necesidad de un aprovechamiento racional de los recursos naturales y de la protección del ambiente.
Fomentar actitudes solidarias, cooperativas y positivas hacia el trabajo, la justicia, la equidad y el bien común.
Defender como valores fundamentales el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la justicia social y a la igualdad, sin discriminación ni subordinación alguna.
Promover la cooperación pacífica entre las naciones. Impulsar la integración latinoamericana, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear y el equilibrio ecológico en el mundo.
“El que tenga ojos que vea el que tenga oídos escuche”
Bájala aquí: Proyecto de Ley Orgánica de Educación
Nota: Si usted quiere saber cuando un derechista miente, observe su boca, si esta hablando ¡miente!

Rafael S Urdaneta D¡Solo El Pueblo Salva Al pueblo!